(Nueva Gramática de la lengua, 2010)
El complemento indirecto (CI) es una función sintáctica relacionada con el caso dativo. Esta función puede ser desempeñada por los pronombres átonos le/les o por grupos preposicionales encabezados por la preposición “a” (Regalé un ramo de flores a mi tía). El grupo nominal que introduce la preposición puede ser definido o indefinido (a mi tía/a alguien).
El complemento indirecto puede designar a la persona o cosa a la que se destina algo (“Donó sus bienes a Cáritas”), al que experimenta sensaciones (“Le dolía el estómago”), la persona de la que procede algo (“Compró una casa al constructor”) o al que recibe el daño o provecho de la acción verbal (“¿Podrías coserme este botón?”).
Como veíamos, el complemento indirecto está relacionado con los pronombres de dativo (le/les). Un grupo nominal introducido por la preposición “a” es complemento indirecto si puede ser sustituido por uno de esos pronombres. Si el complemento indirecto precede al directo y ambos presentan rasgos de tercera persona, adopta la forma “se” (“Se lo regalé”).
El complemento indirecto puede aparecer duplicado por pronombres átonos de dativo. Cuando el complemento va antepuesto, esa duplicación es obligatoria (“Le regalé un ramo de flores a mi tía”). Cuando se pospone es optativa en unos casos y obligatoria en otros. Si el pronombre es tónico, la duplicación es obligatoria (como en “Me entregó el paquete a mí”).
Hay complementos indirectos argumentales y no argumentales. Los primeros se hallan previstos en la estructura argumental del verbo, como ocurre con “dar” o “prometer”, en los que se reserva un lugar para el complemento indirecto. Generalmente va asociado a las funciones semánticas de “destinatario” y “experimentante” y, a veces, de “origen” y “término”. Se construyen con complemento indirecto argumental verbos transitivos de transferencia (como comprar) y de comunicación (decir), y también verbos intransitivos de afección (admirar, convencer) y de atingencia (como “atañer” o “importar”).
Los complementos indirectos no argumentales son los de interés y otros concordados y no concordados.
Algunos verbos presentan un esquema “alguien+verbo+algo” en los que puede agregarse un beneficiario que se expresa por medio de un complemento indirecto. Aparece entonces un pronombre átono reduplicado (como en “Ana le reparó el coche a mi padre”). Es frecuente en verbos de preparación, creación o destrucción, como “cocinar”, “destruir”, etc. Es el dativo de interés.
Otros dativos, concordado y no concordado, son los clíticos no requeridos por la estructura argumental del verbo. Como no son argumentales, su supresión no implica la pérdida de ninguna función referencial de la oración (“Hoy nos daremos un paseo” frente a “Hoy daremos un paseo”), añaden énfasis al mismo tiempo que aluden a la persona afectada por la acción verbal y pueden coexistir con otro complemento indirecto en una misma oración (“No te me enfríes”).
Los dativos concordados asumen la forma de los pronombres átonos reflexivos me, te, se, nos, os, se, que concuerdan en número y persona con el sujeto. No se duplican en un grupo prepositivo, son compatibles con los no concordados, introducen énfasis en la oración, se denominan también aspectuales (ya que indican que el proceso durativo ha culminado en un cambio de estado, como “se ha estudiado toda la química”) y no se dan con nombres sin determinante.
El dativo no concordado se denomina así porque no concuerda con el verbo. Alude a la persona que resulta beneficiada, perjudicada o que tiene interés en la acción que expresa el verbo (dativo ético), puede coincidir con el dativo concordado y es compatible con el complemento indirecto argumental. Se puede referir al poseedor (dativo posesivo) de lo designado por otro complemento (“Le rompieron una pierna”).