El lenguaje jurídico es el que atañe al Derecho, el conjunto de leyes que regula la convivencia humana. El lenguaje administrativo es el de la Administración del Estado, particularmente usado en el ejercicio del poder ejecutivo.
Ambos lenguajes tuvieron unos orígenes históricos coincidentes por lo que compartirían alguna peculiaridad, pero con el desarrollo del Estado moderno se han diferenciado.
En el siguiente cuadro encontramos una comparación de las características de ambos lenguajes:
LENGUAJE JURÍDICO |
LENGUAJE ADMINISTRATIVO | |
Lo emplea | Poder legislativo y judicial | El poder ejecutivo y los ciudadanos en sus relaciones con las instituciones |
Tipo de texto | Códigos o leyes | Documentos |
Extensión | Extensión larga | Extensión breve |
Práctica | Es normativo. Tiene intención teórica, organizativa, prescriptiva y preventiva. Enunciados con carácter genérico. Se usa para regular y organizar. | Es resolutivo. Usa un lenguaje práctico para tramitar y diligenciar asuntos particulares. Es un acto de gestión concreto, Sirve para gestionar y resolver. |
Mensaje | Actúa como referente. Es unidireccional. | Es un mensaje propiamente dicho. Exige respuesta concreta. Es bidireccional. Es un mensaje concreto y escueto. |
Emisor | Institucional o colectivo. | Suele ser individual. |
Receptor | Suele ser colectivo o universal e inconcreto. | El destinatario puede ser la persona jurídica que representa a una institución o a un ciudadano. |
Proyección temporal | Se dirige a un futuro mediato o inconcreto. | Se dirige a un presente o a un tiempo próximo y concreto. |
Código | Elaborado. | Más relajado y asequible. |
Función | Metalingüística | Representativa |
Estilo | Culto y arcaizante. Puede ser ampuloso. | Más próximo al lenguaje cotidiano. Emplea un estilo conciso. |